viernes, 22 de agosto de 2008

Felicidades Uruguay, sos un orgullo para todos!


Futsal es el deporte de la Federación Uruguaya de Futsal, el deporte de Juan Carlos Ceriani AUF perdió el juicio y no puede utilizar más la marca de Futsal El Consejo Ejecutivo de la AUF fue notificado mediante telegrama colacionado en las últimas horas de una resolución judicial que la intima a abstenerse del uso de la marca de Futsal.La sentencia fue dictada por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 7º Turno, integrado por los ministros doctores Graciela Bello, María Victoria Couto, María Cristina López Ubeda, que rechazó los agravios de la Asociación Uruguaya de Fútbol y ratificó el fallo de primera instancia dictada por la jueza de Primera Instancia, doctora Loreley Opertti.La AUF no pudo probar que la designación de Futsal correspondía a la indentificación universal de una práctica deportiva y que por lo tanto no constituía una marca "en el concepto del Art. 1º de la Ley 17.011.
El Comité Olímpico Uruguayo (COU) fue consultado en el litigio sobre el origen del término Futsal y el Tribunal consideró que no resultó probado el agravio de la AUF. Además destacó que el "término en cuestión no figura en el Diccionario de la Real Academia Española" y que ésta no promovió la nulidad del acta cuando se inició el litigio en 1998.
"Las designaciones usualmente empleadas para indicar la naturaleza de los productos o servicios o la clase, el género o la especie a que pertenecen (numeral 10) citado, pero la demandada no logró acreditar que la expresión Futsal fuera una expresión usualmente empleada para denominar un deporte", como con acierto señala la AUF.Entre las escasas pruebas aportadas por la AUF figura una revista de la FIFA "que alude al informe técnico del Campeonato Mundial de Futsal donde Uruguay compitió (fs. 18/90), es suficiente a los efectos pretendidos, si se advierte que la publicación data del año 1996, en tanto la actora había indicado en el trámite para registrar la marca en mayo de 1992, donde consta "fecha de entrada", donde reza la fecha del 22/5/1992 como de solicitud", dice la sentencia.

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